Grupo Aseguranza

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14 de abril
11:38 2015
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Condenada una aseguradora que se negó a pagar una asistencia por llamar al 112

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha condenado a una compañía de seguros a pagar los gastos derivados de una asistencia sanitaria por haber llamado al 112. La familia canaria acudió a la Justicia después de la negativa de la compañía a realizar el pago. Los hechos ocurrieron en septiembre de 2012 cuando una mujer de 71 años sufrió una parada cardiorespiratoria en su domicilio y sus familiares llamaron al número de emergencia con el traslado urgente al hospital, donde falleció 6 meses después.

La aseguradora, según recoge Europa Press del fallo judicial, basaba su defensa en que no se trataba de una urgencia vital y en que los familiares no debieron haber llamado al 112 y sí al teléfono de urgencias de la compañía de seguros.

El juez sí lo considera un hecho de urgencia vital y argumenta que “resulta impensable que se pueda reprochar a los familiares de la persona necesitada que hayan acudido al servicio público de urgencias”. Añade que el número de urgencias es de conocimiento general y no se necesita buscarlo en ningún lado. Por último destaca que ante un hecho así “no resulta exigible a los parientes de la beneficiaria” disponer a mano del número de la compañía para ver cómo contactar.