Grupo Aseguranza

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03 de julio
16:32 2012
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La CE justifica revisar la IMD por las carencias en el asesoramiento en seguros

La Comisión Europea (CE) ha presentado una importante reforma de la regulación de los servicios financieros y aseguradores en la UE, compuesta por tres propuestas legislativas: Reglamento sobre los documentos informativos clave en relación con los Productos Preempaquetados de Inversión Minorista (PRIPS); una revisión de la Directiva de mediación en seguros (IMD 2) y una propuesta de refuerzo de la protección de quienes compren fondos de inversión (UCITS).

La Comisión propone la IMD 2, que regulará tanto los seguros de Riesgo como los que tengan componente de inversión, porque “los consumidores no son conscientes de los riesgos que entraña comprar coberturas de seguro. Si bien un asesoramiento profesional correcto es crucial en el sector seguros, encuestas recientes indican que más del 70% de los productos de seguro se venden sin un asesoramiento adecuado. El Derecho vigente de la UE no se ocupa de la venta de productos de seguro; además, las normas difieren según los Estados miembros y solo se aplican a los intermediarios”.

El objetivo de la propuesta de la Comisión es mejorar la protección de los consumidores de seguros mediante la creación de normas comunes aplicables a todas las ventas de seguros y garantizando un asesoramiento adecuado. Para ello, mejorará la transparencia y establecerá condiciones de competencia equitativas para la venta de seguros por intermediarios y la venta efectuada por aseguradoras.

La CE propone estos cambios siguientes:

- Se aplicará el mismo grado de protección, con independencia del medio utilizado para comprar un producto de seguro. El consumidor recibirá el mismo nivel de protección si compra un producto directamente a una aseguradora que si lo hace con un agente o corredor de seguros, lo que no ocurre hoy, ya que la IMD vigente solo contempla la venta por parte de intermediarios.
 
- Los consumidores recibirán por adelantado información clara sobre la categoría profesional de la persona que les venda el producto de seguro. Se introducirán normas para abordar más eficazmente los riesgos de conflicto de intereses, incluida la divulgación de la remuneración cobrada por los vendedores de productos de seguro.
 
- La venta de productos de seguro tendrá que acompañarse de un asesoramiento honrado y profesional.
 
- Será más fácil para los mediadores realizar operaciones transfronterizas, lo que fomentará el surgimiento de un verdadero mercado interior de los servicios de seguro.
 
PRIPS

Por otra parte, la regulación de los PRIPS mejorará, según la CE, la calidad de la información que se facilita a los consumidores interesados en invertir, “ya que los productos de inversión son complejos y resulta difícil compararlos o entender completamente los riesgos que entrañan; y las consecuencias de asumir riesgos imprevistos y de sufrir las pérdidas consiguientes pueden ser devastadoras para el consumidor, puesto que esas inversiones constituyen a menudo el elemento central de los ahorros de toda una vida”. Los PRIPS incluyen los seguros de Vida que tengan elemento de inversión y planes de pensiones privados.
 
La propuesta de la Comisión tiene por objeto proporcionar a los consumidores información en un formato fácil de entender mediante la introducción de una norma nueva e innovadora de información sobre los productos, que debe ser breve y clara y, en consecuencia, mucho más asequible. A este documento se lo denomina “documento de información clave” (DIC). La propuesta prevé que cada creador de productos de inversión (por ejemplo, gestores de fondos de inversión, seguros o bancos) tenga que presentar ese documento para cada producto de inversión.
 
Cada DIC proporcionará información sobre las principales características del producto, así como sobre los riesgos y los costes asociados con la inversión en él. La información sobre los riesgos será lo más directa y comparable posible, sin simplificar en exceso unos productos que suelen ser complejos. El DIC debe explicar a todos los consumidores que incluso podrían perder dinero con un producto determinado y el grado de complejidad del mismo. El DIC se ajustará a una norma común por lo que se refiere a su estructura, contenido y presentación, de manera que los consumidores puedan utilizar el documento para comparar los diferentes productos de inversión y, en última instancia, elegir el producto que se adapte mejor a sus necesidades. Los productos para los que se exigirá un DIC incluyen todos los tipos de fondos de inversión, las inversiones basadas en seguros y los productos estructurados minoristas, además de las pensiones privadas.

Según el Comisario de Mercado Interior y Servicios, Michel Barnier: “Tras la mayor crisis financiera de los últimos tiempos, el sector financiero debe centrarse en los consumidores. Los productos al por menor deben ser más seguros, la información sobre las normas deberá ser más clara y quienes vendan los productos han de atenerse siempre a las normas más exigentes. Por eso hemos adoptado un paquete dedicado exclusivamente a los consumidores, de forma que puedan elegir productos financieros tras obtener información y asesoramiento profesional claros y sólidos que den prioridad a los intereses de los consumidores”.

Por otra parte, el Parlamento Europeo ha dado luz verde a la propuesta de Mini-Directiva que arreglará la fecha de entrada en vigor de Solvencia II retrasándola hasta el 1 de enero de 2014.