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21 de mayo
18:06 2013
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Gallardón: “El Código Mercantil regulará los contratos de seguros y de mediación”

Alberto Ruiz-Gallardón, Ministro de Justicia, fue el ponente invitado a la Asamblea de Unespa, ante la que se congratuló de que "en momentos de crisis haya sectores que no solo sean capaces de resistirla, sino que contribuyan a paliarla”. En este sentido, valoró como “información extremadamente útil la Memoria Social del Seguro, que nos servirá para concienciar a la sociedad del valor del seguro”. 

Gallardón defendió las reformas iniciadas por el Gobierno, “que son profundas y complejas, pero necesarias, porque si no hubiéramos abordado esas reformas estructurales no seríamos capaces en el futuro de situar a España en el sitio que le corresponde. Su único objetivo es devolver a España a la senda del crecimiento y el empleo; así como incrementar la seguridad jurídica para mejorar la competitividad”. 

También explicó que las nuevas tasas jurídicas “contribuyen a un sistema más equitativo. No afectan a lo penal y social, con lo que se excluye el 77% de los casos, y hay que recordar que la Justicia en España tiene un coste de 3.900 millones de euros, que lo pagamos todos, los que acuden a los tribunales y los que no. Con el nuevo sistema, queremos distribuir ese coste cargando 90% al Estado y un 10% a los litigantes, algo que ya hacen en la mayoría de países de nuestro entorno, donde incluso los litigantes aportan el 30% del coste total. Las tasas tampoco suponen que se deniegue a nadie el derecho a la justicia, por lo que los que carecen de recursos tienen garantizada la justicia gratuita, entre ellas, las víctimas de accidentes que sufran secuelas permanentes o acarreen dependencia”.

Además, aludió a la reforma del Código Penal, que eliminará las faltas de tráfico, “aunque esto no signifique impunidad, porque podrán juzgarse por lo penal las faltas que impliquen daños personales, mientras que los litigios por daños materiales deberán ir siempre por lo civil”; y al futuro Código Mercantil, “que sustituirá al del siglo XIX, en el que el Titulo 9 del Libro 5 abordará los contratos de seguros y la mediación de seguros, distinguiendo entre contrato de agencia y de correduría”.