Adecose analiza la Circular que regula la información sobre seguros a las Pymes

Adecose ha analizado, dentro del periodo de consulta pública, el Proyecto de Circular del Banco de España, a las entidades de crédito y a los establecimientos financieros de crédito, por la que se establecen el contenido y formato del documento ‘Información Financiera-Pyme’ en virtud de la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial. Adecose considera adecuado el texto en cuanto a la documentación que contendrá la ‘Información Financiera-Pyme’ respecto de la relación de contratos de seguros vinculados al flujo de financiación.

Adecose recuerda que en la Ley de fomento de la financiación empresarial se establece para las entidades financieras la obligación de informar a las Pymes y a los autónomos, con un mínimo de 3 meses y en formato estandarizado, sobre su historial crediticio de los últimos 5 años, cuando decidan cancelar o reducir en un 35% o más el flujo de financiación que hayan venido concediéndolas. También comenta que gracias a la propuesta que Adecose realizó en la tramitación parlamentaria de la Ley se incorporó también la obligación por parte de las entidades financieras de informar a las Pymes y a los autónomos de “una relación de los contratos de seguros vinculados al flujo de financiación. A estos efectos se considerarán seguros asociados los contratados dentro del plazo de 6 meses anteriores o posteriores al perfeccionamiento de cualquiera de los contratos de préstamo o crédito que componen el flujo de financiación o de cualquiera de sus prórrogas”.

De esta manera, según explican, “la pyme y el autónomo al igual que dispondrá de tiempo suficiente para ajustar su gestión de tesorería, así como para iniciar con mayor facilidad la búsqueda de fuentes alternativas de financiación, podrá también decidir si resuelve aquellos contratos de seguros vinculados al préstamo o crédito cuando se produzca esa reducción o cancelación del crédito”.

Adecose confía en que el Banco de España apruebe en breve esta Circular que entrará en vigor a los 3 meses de su publicación en el BOE.