Adicae solicita una fianza de 54 millones para el BBVA por los ‘swaps’

Adicae ha solicitado al Tribunal Constitucional que imponga una fianza de 54 millones de euros al BBVA para cubrir el pago de las cuotas derivadas de los 'swaps' vinculados a las hipotecas que tendrán que abonar los 18.000 clientes mientras dure la paralización de la demanda de anulación de estos productos. En diciembre de 2010, el Constitucional admitió las medidas solicitadas por BBVA para evitar la entrega de los listados de clientes de estos productos a Adicae alegando una posible vulneración de los datos personales y el derecho a la tutela judicial efectiva. Esto paralizó el trámite de la demanda de acción colectiva admitida dos meses antes por el Juzgado de Primera Instancia número 87 de Madrid, por la que ordenó a BBVA la entrega de los listados de los clientes de permutas financieras de intercambio de tipos de interés comercializados desde 2007, con la finalidad de que pudieran personarse en el proceso judicial.

Adicae denuncia en su escrito que el BBVA que con esta acción impide a los clientes acudir a la vía judicial mientras la entidad les sigue cobrando, a sabiendas de que las acciones de nulidad de contratos prescriben en cuatro años. Por su parte, el Tribunal Constitucional admitió las medidas cautelares solicitadas por el banco, pero no se pronunció sobre la admisión a trámite del recurso de amparo, para lo que contaba con un plazo de 20 días y ha transcurrido ya un año.

Por otra parte, la Audiencia Provincial de Valladolid ha confirmado la sentencia por la que se anulan dos ‘swaps’, realizados en mayo del 2007 y julio del 2008 entre un empresario y Banesto. El fallo es el primero que se produce en la provincia y crea jurisprudencia para media decena de demandas más que se tramitan en los juzgados de Primera Instancia de Valladolid, según publica El Norte de Castilla. El banco ofreció al cliente un producto para cubrir el coste financiero ante las oscilaciones del tipo del crédito que tenía, que fue interpretado por éste como un seguro contra las subidas de los tipos. La sentencia recuerda que las entidades están obligadas al deber de informar claramente a sus clientes para que éstos den válidamente su consentimiento al producto.