Algunas compañías de seguros están abiertas a retribuir a los corredores más allá de las comisiones

El asunto del pago entre compañías de seguros y corredores siempre ha sido un caballo de batalla en el sector asegurador. La realidad es que en el Anteproyecto de la Ley de Distribución que está en fase de discusión no varía respecto a la actual Ley de Mediación, salvo que en la actual se refiere al pago entre compañías de seguros y corredores en el artículo 29 y en el anteproyecto se contempla en el 30.

Ambos textos recalcan que el pago de las aseguradoras a los corredores es a través de comisiones. No obstante, en Forinvest, algunas compañías de seguros se mostraron favorables a establecer nuevos criterios de pago más allá de las comisiones. Concretamente, el director general adjunto de Fiatc, Vicente Cosín, se preguntó “por qué no incentivar desde cualquier otro sistema. Quizá otros valoran más otras cosas”. El director de soporte comercial de seguros de Catalana Occidente, Jerónimo Ruíz, mencionó que las “compañías están encorsetadas puesto que se prohíbe otra forma de retribución”.

Opiniones de corredores

Ante esta búsqueda de nuevas formas de pagar al corredor Florentino Pastor, presidente ACS-CV, indicó que hay que tener cuidado puesto que se podrían dar casos de soborno. Joan Miquel Vicente, de la comisión internacional del Consejo General, matizó que “cualquier otro pago que no sea comisiones no es viable”. Maciste Argente, presidente de Aprocose, señaló que “cobrar un corretaje de una compañía de seguros no hace al corredor ser infiel al cliente y no se puede poner en tela de juicio la independencia”.

La ley sigue posibilitando el acuerdo entre corredor y tomador de seguro para el cobro de honorarios profesionales.

Pago por cuenta del cliente

Hablando de retribuciones, Pastor reivindicó que el pago que haga el asegurado al corredor debería ser entendido como si se hiciera a la compañía de seguros. Un hecho que sí recoge tanto la ley como el anteproyecto cuando menciona que “corredor y cliente podrán acordar por escrito que la remuneración del corredor incluya honorarios profesionales que se facturen directamente al cliente”.