El seguro deberá crear mecanismos de denuncia interna frente al blanqueo

La nueva normativa contra el blanqueo de capitales contempla que las aseguradoras tendrán que crear mecanismos de denuncia interna. El Consejo de Ministros acaba de aprobar el anteproyecto para modificar parcialmente la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo para adecuar la normativa española al marco europeo. Muchos de los elementos ya están en vigor en España pero se incluyen algunas novedades y se incorporan sujetos obligados a la aplicación de las medidas contra el blanqueo.

La norma insta a desarrollar mecanismos para facilitar las denuncias sobre incumplimientos de la normativa de prevención de blanqueo. Además de las aseguradoras, los bancos y los despachos de abogados, entre otros, deberán contar con esos mecanismos de denuncia interna. Por su parte, el Sepblac (Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales) contará con un sistema para recibir y canalizar denuncias.

Otros aspectos que detalla el Gobierno son los siguientes:

-Se equipara el control de las personas de responsabilidad pública nacionales, cuya intensidad hasta ahora se determinaba caso por caso, a las extranjeras, que están sometidas a especial seguimiento de manera general (conocimiento del origen de los fondos del cliente, análisis más intenso de la operativa que realiza y la revisión anual de la información y la documentación que maneja).

-Se crea un registro de prestadores de servicios a sociedades, que contendrá a aquellos sujetos cuya actividad sea la creación de sociedades para terceros o cesiones de domicilio, entre otras.

-Se modifica el contenido del Fichero de Titularidades Financieras, creado con la finalidad de prevenir e impedir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Hasta ahora, este fichero contenía los datos de apertura o cancelación de cuentas corrientes, de cuentas de ahorro, de cuentas de valores y de depósitos a plazo y, con la reforma, pasará a incluir las cajas de seguridad y las cuentas de pago.

-El anteproyecto permite además establecer bases o sistemas comunes de almacenamiento de datos recabados en los procesos de identificación de clientes. Las entidades pueden así ahorrar recursos al poder compartir esta información. Estos sistemas se pondrán en marcha con pleno respeto a la Ley de Protección de Datos.

-El régimen sancionador por incumplimiento de la normativa de prevención es otro de los puntos que se modifican con el anteproyecto. Las multas máximas pasan del 5% del patrimonio neto de la entidad al 10% del volumen de negocio consolidado del grupo. Finalmente, se refuerzan también los sistemas de cooperación entre supervisores europeos dedicados a esta materia.

El texto ahora deberá obtener los dictámenes correspondientes y volverá de nuevo al Consejo de Ministros para ser aprobado como Proyecto de Ley e iniciar su tramitación parlamentaria.