La Audiencia de Gijón anula una cobertura de tipos del Banco Popular

La Audiencia Provincial de Gijón ha condenado al Banco Popular a anular un 'swap' que protege contra las subidas de los tipos de interés y que estaba vinculado a un préstamo vendido a un jubilado que carecía de conocimientos financieros. El tribunal ha desestimado el recurso de apelación presentado por la entidad y confirma la sentencia anterior del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Gijón que anuló el 'swap' y ordenó al banco devolver al cliente las cantidades pagadas en exceso. La sentencia concluye que los 'swaps' "no son seguros de tipos de interés, sino un contrato complejo y especulativo" y que la entidad "no le entregó ningún tipo de documentación" ni le sometió "a un test de idoneidad". Y que "no se le escapa que quien, de las dos partes contratantes, se hallaba en condiciones de predecir con mayor fiabilidad la crisis y la evolución de los mercados financieros en tal momento y desarrolla una campaña entre sus clientes para ofertar este tipo de productos es la entidad financiera y no el actor".