Conferencia sobre 'compliance' en Apromes

Apromes celebró para sus asociados una conferencia sobre 'compliance', normativa que ya tiene adaptada la propia asociación.

La ponencia fue desarrollada por el abogado  y diplomado por la Escuela de Práctica Jurídica de la Universidad Complutense, Mario Rodríguez Molina, especialista en el asesoramiento jurídico a empresas, principalmente en el área penal, mercantil y corporativa. Rodríguez Molina recordó que la figura del cumplimiento normativo  tiene una larga tradición en la cultura anglosajona, destacando como punto de partida para comprender la figura del cumplimiento normativo, la modificación sustancial que supuso la inclusión de la responsabilidad penal de las personas jurídicas en nuestro Código Penal, diferenciándose así la responsabilidad penal de las personas jurídicas y la responsabilidad penal de los administradores de las mismas, en este caso las corredurías de seguros.

Recalcó también que la conducta delictiva que deriva en responsabilidad penal para la persona jurídica, ya sea cometida por sus directivos o empleados, puede darse en cualquiera de las áreas que conforman la empresa pero, manteniendo el denominador común de cometerse en beneficio, directo o indirecto para la empresa.

El abogado destacó que la implantación del programa de cumplimiento normativo debe ir acompañado de la difusión adecuada del mismo, alcanzando a todas las personas físicas y jurídicas que se relacionan, interna o externamente, con la empresa.

En cuanto a la estructura del programa explicó que requiere una labor tendente a identificar los riesgos de la empresa, configurando así un mapa de riesgos que refleje qué ilícitos penales pueden materializarse en cada una de las área que conforman la empresa, así como un mapa de control de riesgos, identificando los controles general (código ético y canal de denuncias) y específicos implantados en la empresa.

Nombramiento de un compliance officer

Mario Rodríguez Molina también hizo hincapié en que un programa de prevención de delitos penales, debe ser un documento vivo, que debe adaptarse a la realidad de la empresa y, por supuesto, a los cambios organizativos o funcionales que la misma experimente, requiriendo ineludiblemente la revisión y actualización permanente del plan de prevención de delitos y la implantación de un canal de denuncias.

Finalmente, para que el programa funcione correctamente se debe nombrar un 'compliance officer' que tenga la suficiente autonomía funcional y económica dentro de la empresa para desarrollar las políticas de cumplimiento normativo.