Confirmado el criterio de Aemes sobre la cotización de los premios de jubilación

Tras la consulta de Aemes sobre la cotización de los premios de jubilación, en particular cuando son instrumentados a través de un seguro colectivo de Vida, la Tesorería General de la Seguridad Social confirma el criterio de la patronal de la mediación. Éste es que sólo serán cotizables las prestaciones que perciba el trabajador en concepto del premio de jubilación.

Sobre las primas del seguro de exteriorización, la TGSS señala que “las primas que las empresas abonen a la entidad aseguradora no forman parte de la base de cotización a la Seguridad Social, dado que en este supuesto se asegura un riesgo empresarial y no del trabajador”.