El Consorcio mantiene 23 procesos de liquidación pendientes y 5 concursos

El Consorcio de Compensación de Seguros inició en 2011 los procesos de liquidación de 2 entidades de seguros: Caja Hipotecaria y Mutualidad de Salesianos. En la actualidad, en lo que se refiere a las entidades aún sin extinguir hay 23 liquidaciones pendientes y 5 concursos (se incluyen las quiebras). A modo de ejemplo, en 2010 había asumido 4 liquidaciones (Bazán, Mercurio, Medit y AMF AT) y 1 proceso concursal (Cisne) y se finalizaron 7 liquidaciones.

En cuanto al Fondo para la Liquidación de las Entidades Aseguradoras, las cuentas del ejercicio 2011 ya han sido formuladas y en la actualidad están pendientes de su auditoría por parte de la Intervención General del Estado y, una vez concluya, se aprobarán por el Consejo, por lo que no es posible publicar ese dato en estos momentos. Como referencia, en el año 2010 la reserva de estabilización disponible para la cobertura de los riesgos asegurados alcanzó en la actividad general 5.140 millones de euros, en la actividad agraria 782 millones de euros y en la actividad de crédito, algo más de 8 millones de euros. Por su parte, el Fondo para Liquidación superó los 1.529 millones de euros.

El total de liquidaciones encomendadas es de 283 desde que en 1984 se instituyó el proceso de liquidación especial, mientras el número de quiebras, suspensiones de pagos y concursos es de 10.

Situación de las liquidaciones

Existen tres fases en los procesos de liquidación de entidades. En la Fase 1, la inicial antes de aprobarse el porcentaje a pagar a los acreedores por contrato de seguro, se encuentra sólo Caja Hipotecaria, cuya liquidación se ha encomendado por la Generalitat de Cataluña.

La Fase 2 es la fase de pago a los acreedores por contrato de seguro, realización de activos y determinación de los demás créditos. En ella se encuentran 5 entidades: Fortia Mutualidad y Medit Mutualidad, encomendadas por la Generalidad de Cataluña; Mercurio, encomendada por la DGSFP; AMF AT, encomendada en virtud del Real Decreto  565/2010 de 7 de mayo; y Mutualidad de Salesianos, encomendada por la Junta de Andalucía.

Y ya en la Fase 3, que se refiere a aquellas compañías que ya han aprobado su plan de liquidación, se encuentran en la actualidad 17 entidades: Reunión, Unesa, Unial, Mundser, Sociedad Andaluza, Fianzas y Créditos, Musetax, Mutualidad del Papel y de la Prensa, Mupar y Sanident, estas dos últimas encomendadas por la Generalidad de Cataluña y las demás por la DGSFP, en las que una vez aprobado el plan de liquidación se está pendiente de finalizar distintos procedimientos judiciales, lo que impide su finalización; también Mutua Fraternidad y Mutualidad Pegaso, España Vitalicia, Mutualidad de Actores, Montepío Comercial e Industrial y Mutualidad de Casas de Santiago, encomendados por la DGSFP, y Mutualidad Bazán, encomendada por la Junta de Andalucía; en todas ellas ya se ha aprobado el balance final y están pendientes de los trámites legales para su extinción.

En cuanto a los Concursos, se encuentran pendientes 5. En primer lugar, en lo que atañe a quiebras, Albatros está en fase de pago a las compañías reaseguradoras, mientras Mas Vida está en fase de pago a los acreedores que no son de contrato de seguro -los de seguros están ya pagados-. Y en los concursos, Centro Asegurador está pendiente de finalizar distintos procedimientos para terminar de liquidar a los acreedores por contrato de seguro y, si hay remanente, a los demás, y pendiente de la pieza de calificación. Por su parte, Cisne está en fase de presentación del informe definitivo de la administración concursal, mientras Corredores de Comercio se encuentra en fase de traslado del informe provisional a los acreedores.

Un sistema efectivo

Los datos corresponden a toda la actividad liquidadora de entidades aseguradoras que en un principio se encomendó a la CLEA, extinguida en 2002 y cuyas funciones asumió entonces el CCS. Éste interviene de dos formas diferentes; la primera, como liquidador designado bien por Orden Ministerial, en el caso de las entidades de ámbito nacional sometidas al control de la DGSFP, o bien por el órgano de control de la comunidad autónoma, en aquellos casos de entidades de ámbito autonómico cuya competencia de supervisión corresponda a la respectiva comunidad autónoma. La segunda forma de liquidación se produce en los casos de procedimientos concursales como administrador concursal, con una serie de especialidades previstas en la ley.

Se trata de procedimientos excluyentes: Si la liquidación ha sido encomendada al CCS ya no se puede solicitar el concurso, quedando el CCS excluido de declararlo aunque se trate de una entidad en insolvencia, con una salvedad. En cambio, si se declara el concurso antes de que la liquidación se encomiende al CCS entonces el procedimiento a seguir será el concursal. Y se debe tener en cuenta que en los procedimientos de liquidación administrativa, si el plan de liquidación que el CCS formula y somete a la aprobación de la Junta de acreedores no fuese aprobado, entonces el CCS tiene la obligación de solicitar el concurso.