El Constitucional reduce el control sindical en los Planes de Pensiones de Empleo

El Tribunal Constitucional ha declarado "inconstitucional y nula" la parte del artículo 7.2 del Real Decreto 1/2002 de 29 noviembre que regula la designación de los miembros del Comité de Control de los Planes de Pensiones de Empleo (PPE) "por acuerdo de la mayoría de los representantes de los trabajadores", o de los sindicatos y la empresa, en el caso de Planes de Pensiones de promoción conjunta. El argumento, según El País, es que no se acepta la participación en sus órganos de control de "partícipes en suspenso", prejubilados o ex trabajadores de la empresa que están acogidos al Plan pero que no forman parte activa de la compañía. La declaración de nulidad, que da la razón a la Asociación de Prejubilados de Telefónica tras presentar ésta una demanda en el Tribunal Supremo, afecta a la mayoría de los PPE que existen en España, con un patrimonio de más de 31.000 millones de euros y a los que están acogidos más de dos millones de trabajadores, según datos de Inverco.