Criterio de la DGSFP sobre la prolongación del negocio de aseguradoras

La DGSFP ha colgado en su web un nuevo criterio en el que interpreta el concepto `prolongación del negocio de las entidades incluidas en el grupo consolidable o la prestación de servicios auxiliares de las mismas´, a los efectos del artículo 67 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados (ROSSP).