DAS explica cómo reclamar una factura de una compañía eléctrica

Esta semana se ha celebrado la subasta en la que se fija el precio de la energía para el suministro a tarifa durante el cuarto cuatrimestre del año, y que supondrá un incremento de la factura de la luz del 3,1% que se hará efectivo el 1 de octubre. Esto afecta a más de 20 millones de consumidores, en su mayoría hogares y Pymes, que están acogidos a la tarifa de último recurso (TUR), ahora denominada ‘precio voluntario al consumidor’. En total, con esta subida, el precio de la luz habrá aumentado un 8% desde enero de 2012. Además, en agosto entró en vigor la normativa que modifica la estructura del recibo de la luz, concediendo más peso al peaje fijo dentro de la factura, lo que provocó que desde la CNE se esperara un incremento de las reclamaciones por parte de los consumidores, como consecuencia de la mayor complejidad en el cálculo.

Desde DAS se pone de manifiesto que las cuestiones relacionadas con las compañías eléctricas son uno de los principales motivos de consulta de sus clientes. En concreto, las dudas más habituales aluden a las facturas abusivas, la disconformidad con la medición del consumo con una lectura estimada cuando la compañía eléctrica no puede acceder al contador para su lectura real, los cortes de suministros y los daños sufridos en los bienes debido a una subida de tensión. Gemma Ortega, abogada de DAS Internacional, afirma que “a fecha de hoy, las consultas más recurrentes de nuestros asegurados se refieren al importe facturado, que consideran abusivo, así como a la facturación fuera de plazo. Estimamos que las dudas relativas a la nueva tarifa se incrementarán a medida que los consumidores reciban sus facturas en las que se aplique la nueva normativa”.

Desde DAS Internacional se indican los pasos a seguir en caso de disconformidad con el importe facturado: Debe contactar con la compañía para solicitar la aclaración detallada de cada partida facturada; si las explicaciones no le satisfacen, el cliente afectado puede presentar una queja por escrito; transcurrido el plazo, sin contestación por parte de la compañía o con respuesta insatisfactoria, existe la opción de dirigirse al Defensor del Cliente; en el supuesto que estas reclamaciones no prosperaran corresponde efectuar una reclamación ante la Dirección competente en materia de energía de la Comunidad Autónoma correspondiente. Y en última instancia, la reclamación en vía judicial.