“La definición del contrato de agencia en el nuevo Código Mercantil es claramente injusta”

La preocupación por el redactado que se da al contrato de agencia de seguro en el nuevo Código Mercantil que tramita en estos momentos el Ministerio de Justicia planeó ayer sobre el II Encuentro Nacional de Agentes celebrado en el marco de Forinvest en Valencia. Así, José María Muñoz, catedrático de la Universidad de Oviedo, advirtió que “lo que propone el nuevo Código Mercantil es peor para el agente que la regulación actual. Es una propuesta claramente injusta para el agente, que instaura normas casi expropiatorias para los derechos de los agentes”.

Muñoz criticó la redacción en la propuesta de Código Mercantil del artículo 594-4 que regula la duración y extinción del contrato de agencia, permitiendo realizar el contrato por una duración predeterminada y recogiendo la posibilidad de extinción por denuncia unilateral de cualquiera de las dos partes, con las condiciones que se establezcan en el contrato. “Ni siquiera recoge los 6 meses de preaviso que existen actualmente. Sobre la indemnización por ruptura, sólo dice que el asegurador deberá abonar al agente las cantidades que se hayan pactado”. Considera que el actual redactado favorece claramente a las entidades, por lo que pidió que los agentes aúnen fuerzas para tratar de modificar el régimen propuesto.

También insistió en los derechos de cartera que adquiere el agente con el paso de los años: “La compañía no puede disponer de los derechos que genera el contrato, al ser un derecho adquirido. La supresión unilateral del contrato podría hacer incurrir a la compañía incluso en una infracción penal, porque está apropiándose de un derecho económico y patrimonial ajeno”. Por eso, recomendó a ambas partes una negociación justa si se quiere extinguir el contrato, realizar una transmisión patrimonial de derechos o formular un cambio a corredor.

Sobre el contrato de agencia, también hablaron Ignacio Beneyto, de Beneyto Abogados, y Reinerio Sarasua, agente y presidente del Colegio de Asturias, quien afirmó que “existen tres modelos para los 89.000 agentes actualmente autorizados: Modelo de crecimiento, modelo de cesión de negocio, y modelo de cierre y venta de la cartera. Cada uno de los agentes deberá optar por uno de estos tres modelos, porque el verdadero riesgo está en no tomar ninguna decisión”.

Asimismo, Juan Aguilar, director de División de Desarrollo de Redes de Plus Ultra, afirmó que su entidad elabora contratos de agencia en los que se respetan los derechos económicos y se fijan indemnizaciones: “Para nuestra entidad, el canal agencial supone el 40% del negocio y, lo que es más importante, el 50% de la nueva producción, por lo que intentamos apoyar al máximo a este canal, para el que fomentamos acciones formativas y tecnológicas, como el uso de nuestro CRM para potenciar su labor comercial”.