La DGSFP actualiza el fondo y los límites para fijar el margen de solvencia

La DGSFP, a través de una resolución publicada en el BOE, ha actualizado el importe del fondo de garantía y de los límites para determinar la cuantía mínima del margen de solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. Su aplicación deberá realizarse de enero de 2013. Como en años anteriores, la revisión se efectúa para tener en cuenta los cambios del índice europeo de precios de consumo publicado por Eurostat, adaptándose mediante el aumento de su importe, redondeando hasta un múltiplo de 100.000 euros. "Si el cambio porcentual desde la última actualización es inferior al cinco por ciento, no se efectuará actualización alguna".

Detalla que el importe mínimo "para las entidades que operen en alguno de los ramos de Vida, Caución, Crédito y cualquiera de los que cubran el riesgo de RC, pasa a ser de 3.700.000 euros; y el importe de 2.300.000 euros para las que operan en los restantes ramos pasa a ser de 2.500.000 euros". Mientras, "el importe del mínimo del fondo de garantía previsto en el artículo 58 bis.3, de 3.200.000 euros pasa a ser 3.400.000 euros, y el importe de 1.100.000 euros correspondiente a las entidades reaseguradoras cautivas, pasa a ser 1.200.000 euros".

Por otro lado, "los límites para la aplicación de los porcentajes para la determinación de la cuantía mínima del margen de solvencia en los seguros distintos del seguro de Vida, de 57.500.000 euros en función de las primas, y de 40.300.000 euros en función de los siniestros, que se prevén en los apartados 3.b) y 4.c) del artículo 61 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados pasan a ser 61.300.000 euros y 42.900.000 euros, respectivamente".