El Gobierno aprueba un acuerdo parcial sobre ordenación de aseguradoras en Cataluña

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que contesta a un requerimiento de la Generalitat de Cataluña sobre una disposición de real decreto de ordenación de aseguradoras y reaseguradoras. En concreto se refiere al artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y su relación con la letra b), disposición final 9ª del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.

Supone estimar parcialmente ese requerimiento, “en el sentido de considerar que algunos preceptos del citado Real Decreto, en la medida en que regulan, principalmente, procedimientos de intervención pública por razón de control de entidades aseguradoras y reaseguradoras, deben entenderse dictados al amparo de las competencias que el artículo 149.1.11.ª y 13.ª de la Constitución atribuye al Estado para establecer, respectivamente, las bases de la ordenación de los seguros y las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y no del 149.1.6.ª”. En ese sentido y para “adecuar la calificación competencial que formalmente se atribuye en el citado Real Decreto a los artículos anteriores, debe iniciarse la tramitación de la correspondiente modificación de su disposición final novena, de manera que, en la letra b) de dicha disposición, por una parte, se suprima la referencia que en el mismo se contiene al artículo 44 y, por otra parte, en la que se hace al capítulo V del Título III, se exceptúen de la misma los preceptos precitados”.

Por otro lado, en el acuerdo “no se estima el requerimiento respecto a otros preceptos, ya que tienen carácter mercantil por regular, principalmente, relaciones "inter privatos" y se dictan al amparo del artículo 149.1.6.ª de la Constitución”.