El Grupo RTS explica las claves para peritar riesgos extraordinarios

El Grupo RTS ha facilitado las claves de la peritación de los riesgos extraordinarios, que comprenden tres tipos: los fenómenos de la naturaleza que incluyen inundaciones extraordinarias, terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica y caídas de cuerpos siderales y aerolitos, los ocasionados con violencia como consecuencia de terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular, y por último, los hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz. El riesgo que más daños produce en España se debe al fenómeno natural de la inundación. De acuerdo con Manuel Torres, director general del Grupo RTS, “los riesgos extraordinarios además de su dimensión económica suelen afectar a un elevado número de personas por lo que se trata de situaciones en las que no sólo se producen cuantiosas pérdidas sino que, en paralelo, suelen aportar experiencias dramáticas”.

Las seis claves determinantes para peritar un riesgo extraordinario son, según explica el grupo: Personal cualificado, la cobertura territorial, la homogeneización de los procesos de peritación, el método de trabajo, la disponibilidad, y la experiencia probada. “El escenario jurídico de la cobertura de los denominados riesgos extraordinarios en España está presidido por el Estatuto Legal del Consorcio, aprobado por la Ley 21/1990, de 19 de diciembre, y que, tras algunas modificaciones, queda agrupado en el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre, con modificaciones introducidas por la Ley 12/2006, de 16 de mayo, y es el Consorcio de Compensación de Seguros el organismo responsable de dar cobertura a esta tipología de riesgos”, expone Manuel Torres.