Los juzgados anulan ‘swap’ de cobertura vendidos por dos entidades financieras

La Audiencia Provincial de Tarragona ha declarado por primera vez nulo un contrato de ‘swaps’ que suscribió una empresa con el Santander para cubrirse frente a las subidas de tipos de interés al entender que el banco no le informó de los riesgos de la operación y de las perspectivas futuras del mercado. El fallo ratifica la sentencia que dictó en su día el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Amposta, en la que declaraba nulo el contrato y obligaba al Santander a devolver las cantidades satisfechas.

Por otra parte, Caixa Galicia, ahora NCG Banco, tendrá que devolver cerca de 60.000 euros a una empresa de Ibi (Alicante) que, a la vez que solicitó una línea de descuento, contrató como seguro un producto financiero de alto riesgo. El juzgado número 3 de Alcoy declara la nulidad del contrato al considerar insuficiente la información proporcionada por parte de la entidad al cliente, en un producto complejo en el que los beneficios para éste son escasos y los riesgos excesivos en caso de bajada de los tipos de interés.