Kennedys: La Ley de Tasas Judiciales tiene trascendencia para las aseguradoras

La firma legal Kennedys considera que la entrada en vigor el pasado mes de diciembre de la Ley de Tasas Judiciales afecta a las aseguras y apunta algunos de los aspectos sobre los que tiene más trascendencia. Entre las novedades sobre las que llama la atención recuerda que será hecho imponible la interposición de demanda, demanda reconvencional y los recursos de apelación y de casación, y se aplicará a todas las jurisdicciones a excepción de la Jurisdicción Penal. En el caso de los aseguradores que no tengan representante fiscal en España, podrán liquidar la tasa sus abogados o procuradores.

En cuanto a las tasas, “la base imponible de la tasa supondrá la cuantía del procedimiento, y el importe de la tasa será la suma de una tasa fija por la actuación más una tasa variable que tendrá en cuenta la cuantía reclamada en el procedimiento”. Para todos los procedimientos ordinarios la tasa fija es de 300 euros, de 800 euros por la presentación del recurso de apelación y de 1.200 por un recurso de casación. Mientras, la tasa variable será: Para cuantías de 0 a 1 millón es de euros, un 0.5%; y desde 1 millón de euros en adelante, el 0,25%, con un máximo de 10.000 euros.