2 corredores inhabilitados por suplantar firmas de clientes para un cambio de mediador

Carta del Mediador ha tenido acceso a una sentencia por la que se condena a 2 corredores de seguros por suplantar firmas de clientes para realizar un cambio de mediador de la correduría donde trabajan como externos.

La sentencia recoge como hechos probados que la correduría que presentó la querella detectó en los meses siguientes a la salida de los 2 corredores “numerosos cambios de pólizas de clientes”, que habían sido gestionados por la nueva empresa que habían creado en la época de colaboración y a favor de la que interesaban el cambio.

Del análisis de las solicitudes de cambio se pudo comprobar que:

  • Muchas de las solicitudes se habían realizado por los acusados de forma masiva al ser de la misma fecha.
  • La mayoría de las solicitudes fueron emitidas y supuestamente firmadas a favor de la sociedad creada en fechas en las que ni siquiera existía todavía esa mercantil.
  • Muchas de las solicitudes se efectuaron a favor de una correduría en una fecha en la que todavía no estaba dada de alta en la DGSFP.
  • Algunas de las firmas plasmadas no son coincidentes con las de los carnés, “lo que ha supuesto a la postre el corroborar que los clientes no las habían firmado y que han sido falsificadas”.
  • Que los documentos alterados aparecen realizados en distintas fechas.

Además, los acusados, al contar con la citada sociedad, “han usado la base de datos de los clientes de la correduría para solicitar cambio de mediador, sin tener conocimiento de este hecho muchos de ellos, no habiendo ni tan siquiera firmado solicitud alguna al respecto, habiéndose producido, por tanto, una falsificación de firma”.

Las versiones de los clientes

La sentencia alude a las declaraciones de algunos de los clientes. Recoge que uno de ellos “en su declaración indica, claramente y de forma indubitada, que la firma plasmada en el documento de cambio de mediador no es suya”. Otro cliente “ha declarado que la firma existente en el documento de cambio de mediador no es suya, que en esa fecha estaba ingresado en el hospital”. Y otro “ha aseverado que ha firmado un escrito en el que manifiesta que no desea que se lleve a efecto el cambio de mediador, ya que nunca ha firmado el documento de cambio de mediador, y de hecho sigue manteniendo pólizas con la correduría”.

Sigue la sentencia: “Por tanto, los acusados han impuesto u ordenado imponer en los documentos citados, documentos de cambio de mediador, sin consentimiento del titular de la póliza, suplantando su identidad, y ha remitido los mismos, a sabiendas de su falsedad, a las compañías aseguradoras para que procedieran al cambio de mediador”.

La sentencia es firme, dado que los acusados conformaron pena y las partes manifestaron su intención de no recurrir la sentencia. A las dos personas se les impone la pena de 6 meses de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, e inhabilitación para el ejercicio de corredor y mediador de seguros durante el tiempo de duración de la condena; y 6 meses de multa con una cuota diaria de 6 euros. También se condena a esa misma pena a la empresa -persona jurídica-. Y se oficia la condena a la DGSFP y al colegio de mediadores correspondiente. Como responsabilidad civil, tanto la sociedad como las dos personas acusadas “deberán indemnizar conjunta y solidariamente a la perjudicada en la cantidad de 2.500 euros”. Y se les imponen las costas del procedimiento.