El 70% de los propietarios teme que la crisis convierta en moroso a su inquilino

La crisis económica y el aumento del desempleo han incrementado el miedo de los propietarios de pisos de alquiler a que sus inquilinos no puedan hacer frente al pago de las rentas y acaben convirtiéndose en inquilinos morosos. Un 70% de los propietarios reconoce este temor, según los datos de ARAG. Las cifras también muestran que, a pesar de la crisis, todavía existe un colectivo de propietarios, el 20%, que considera que el alquiler no es una opción adecuada porque las rentas no les compensan los problemas que pueden llegar a tener: Largos y costosos procesos de desahucio, daños en el inmueble, etc.

Los dueños de pisos que sí alquilan sus inmuebles, en cambio, exigen cada vez más garantías de solvencia a los inquilinos para minimizar el riesgo de impagos. Actualmente, los inquilinos que menores riesgos de morosidad entrañan son los que tienen contrato laboral estable, con una antigüedad superior a un año, que no dedican más del 45% de sus ingresos al pago de la renta y carecen de antecedentes de morosidad. Según el responsable de ARAG Alquiler, Raúl Monjo, “los jóvenes son los que más dificultades tienen para pasar este análisis de solvencia, ya que son el colectivo más afectado por el paro y en el que más contratos temporales se dan. En la mayoría de casos, los padres deben actuar como avalistas para que puedan acceder a un piso de alquiler”.

Ante la difícil situación económica, los propietarios de pisos de alquiler también están optando por dedicar parte de la renta a contratar una póliza de protección legal que les defienda en caso de conflicto. Así lo demuestra el aumento de más del 50% que ha registrado ARAG durante el último año en la contratación de pólizas de protección a propietarios, un tipo de seguro que adelanta las rentas impagadas mientras se inician los trámites legales para recuperar el piso, según explica la compañía. Raúl Monjo comenta que “este tipo de seguros exigen al inquilino unos requisitos de solvencia. Si no los pasa y no se puede hacer el seguro, es el mismo propietario quien, cada vez con mayor frecuencia y para su propia tranquilidad, decide buscar a otro inquilino”.

Cuando efectivamente se da un conflicto entre el arrendador y el inquilino, en el 67% de los casos la situación se acaba resolviendo mediante un acuerdo amistoso y sin necesidad de ir a juicio, con lo que sólo 3 de cada 10 casos acaban en los tribunales. En este sentido, según Monjo, “la nueva Ley de Medidas de Agilización Procesal, que acaba de entrar en vigor y que pretende agilizar los procesos, no podrá tener una repercusión tan significativa como la esperada, pues si el inquilino se opone a la demanda, el proceso seguirá siendo largo. Además, la carga de trabajo de la mayoría de los juzgados puede hacer muy difícil que se acaben cumpliendo los plazos previstos”. Según datos de ARAG, el tiempo medio de resolución de un conflicto de alquiler por vía amistosa es de 2,2 meses, mientras que por vía judicial aumenta hasta una media de 7 meses.