Las nuevas medidas antifraude afectan a seguros de Vida en cuentas en el extranjero

El Consejo de Ministros analizó en su reunión del pasado viernes el informe del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas destinado a fortalecer e intensificar la lucha contra el fraude.  En concreto, el documento sobre el Anteproyecto de Ley viene a completar el Real Decreto Ley de medidas tributarias aprobado el 30 de marzo y su objetivo es reducir la economía sumergida y aumentar el número de contribuyentes que cumplen con sus obligaciones tributarias. La medida más llamativa es la limitación de pagos en efectivo a 2.500 euros en operaciones en las que intervenga un empresario o profesional, pero la norma también afecta a los seguros. En concreto, se refiere a las cuentas en el extranjero, al establecerse la obligatoriedad para todos los contribuyentes de "suministrar información sobre cuentas y valores situados en el extranjero de los que sean titulares, beneficiarios o figuren como autorizados". Incluye todo tipo de títulos, activos, cuentas en entidades financieras, valores o seguros de Vida.

"El incumplimiento de esta nueva obligación de información llevará aparejado un régimen sancionador propio a razón de cinco mil euros por cada dato o conjunto de datos omitidos, con un mínimo de diez mil euros. Además, se declara la imprescriptibilidad de las rentas no declaradas. La modificación permitirá la detección de ganancias de patrimonio no justificadas, en un entorno de globalización económica internacional", avanza el Gobierno.