El precio de la pericia forense en accidentes de circulación será de 80 a 350 euros

Desde hoy, las víctimas de accidentes de circulación ocurridos este año ya pueden acceder a las pericias forenses, al haber quedado fijados los precios públicos de los informes periciales forenses. Los precios de las periciales en el ámbito territorial del Ministerio de Justicia se establecen en función de la gravedad de las lesiones y están sujetos a impuestos indirectos. En caso de lesiones sin ingreso hospitalario, serán 80 euros; de lesiones con ingreso hospitalario igual o inferior a 72 horas, 150 euros; y de lesiones con ingreso hospitalario superior a 72 horas, 350 euros.
 

A finales de 2015, el Gobierno reguló mediante reglamento aprobado por el Real Decreto 1148/2015 la realización de pericias por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF) a petición de los particulares en reclamaciones  extrajudiciales ante la entrada en vigor del nuevo Baremo para accidentes de circulación este 1 de enero. La regulación desarrollaba una de las principales novedades de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre. Según el citado reglamento, a estas pericias solo accederían las víctimas de accidentes de circulación producidos a partir de 2016.

Sin embargo, se ha tenido que esperar hasta hoy, 11 de febrero, para empezar a hacer efectiva esa opción tras la publicación de los precios públicos de los informes periciales forenses que fija la orden ministerial JUS/127/2016 de 8 de febrero. De este modo, se completa el principal aspecto que quedaba pendiente en el reglamento: la contraprestación a cargo de las aseguradoras por el servicio,  porque cabe recordar que estos informes periciales siempre serán gratuitos para los perjudicados. Todavía quedan por fijar los precios en los IMLCF de aquellas comunidades autónomas con competencias en Justicia. Otro aspecto pendiente es la implementación de medios electrónicos para la gestión de las comunicaciones entre los implicados. En cualquier caso, ya está más cerca que la inmensa mayoría de lesionados puedan volver al médico forense después de la derogación de los juicios de faltas.

Adaptación de las aseguradoras

A partir de ahora, deberá comenzar la adaptación de las aseguradoras para atender las solicitudes y pagos (la orden ministerial establece como procedimiento de liquidación el del modelo 069). También deberemos esperar una mayor difusión del servicio a fin de que los perjudicados conozcan que pueden solicitarlo a su sola instancia y cómo actuar con la puesta a su disposición del modelo de solicitud. De todo ello, depende el éxito de este nuevo mecanismo con el que el Gobierno confía proporcionar una solución “rápida, segura y efectiva” en aquellos accidentes en los que se produzca un daño corporal indemnizable.