Rastreator reivindica una figura jurídica propia para los agregadores

La intención de la DGSFP de regular a los agregadores o comparadores, exigiéndoles que se conviertan obligatoriamente en corredurías o agencias vinculadas no convence a estos operadores. El líder en comparadores en España, Rastreator.com, cree que deberían contar con una regulación específica en la intermediación de seguros, en lugar de tener que convertirse en figuras ya existentes, en cualquier caso, prefiere que se regulen con prontitud y espera que la futura IMD II cree el marco completo.

Elena Betés, directora general de Rastreator, considera que podría imitarse la regulación actual que existe en Reino Unido, donde los agregadores tienen la figura propia de intermediarios de seguros, con capacidades limitadas respecto de la figura del mediador de seguros. De hecho, Rastreator opera actualmente como sucursal en España bajo el amparo de esta figura y con la autorización y supervisión de la FSA británica, “lo que nos obliga a unos principios de transparencia y trato justo del consumidor en todo momento”.

En su opinión, “un aspecto relevante de esta figura regulada en Reino Unido del agregador es que no puede recaudar el dinero del cliente, ni se describe la obligación de realizar una análisis objetivo como tal, ya que un agregador debe exponer su oferta de manera absolutamente independiente, sin emitir juicios de valor sobre una u otra oferta que ofrece en su web. Además, como agregador, no suscribimos pólizas en nuestro portal y esta suscripción se hace en la web de la aseguradora elegida por el cliente”.


También recuerda que ahora cada operador en el mercado está sujeto a la normativa del país dónde está autorizado. Así, las filiales italianas, optan por ser una correduría, ya que la norma del país transalpino es la figura en la que los ha encuadrado. En este caso, el comparador si puede tomar el dinero de sus clientes y firmar contratos en su propia web.

Sobre este particular, Betés cree que se debe informar claramente al cliente de que se está contratando con una correduría y no con la aseguradora, y se debe vigilar el cumplimiento del análisis objetivo y el servicio de tratamiento de siniestros.

No encontramos con otro tipo de “agregadores” españoles no regulados que combinan una parte de su oferta como auxiliares externos de corredurías y otra a través de acuerdos de publicidad, en estos casos, Betés opina que “el operador deberá decidir pero no entendemos que se puedan mezclar ambas figuras, de corredor y agente vinculado, será necesario de la DGSFP nos aporte luz sobre combinaciones de auxiliares externos y agentes vinculados”.

En cualquier caso, si finalmente la DGSFP opta por no esperar a la IMD II (en cuyos borradores actuales se insta a regular los agregadores pero sin detalles de cómo) y decide regularlos vía Real Decreto o en un Reglamento, Betés cree que su operativa actual se adecua más a la agencia vinculada que a una correduría, “ya que ni asesoramos al cliente, ni realizamos el análisis objetivo, y ni intervenimos en la tramitación de siniestros. Quiero recordar que, aunque las agencias no tienen el requerimiento de tener un seguro de RC Profesional propio, Rastreator cuenta con uno que cubre importantes cantidades”.

Concluye que “es muy importante que haya una regulación clara de los agregadores a nivel europeo, porque va a ser un canal muy relevante en el futuro”.