Responsabilidad penal de las empresas: alerta por la falta de criterios claros para imputar a directivos

La responsabilidad penal de las empresas que afecta a las corredurías de seguros tras la reforma del Código Penal sigue sin estar nada clara: no hay criterios definidos para imputar a directivos. Además de que se ha generado una alarma empresarial por la reforma, el problema es la inseguridad jurídica por el amplio riesgo de imputación de directivos sin criterios claros por los jueces de instrucción. El presidente de Hispajuris, Fernando Escura, precisa que esa inseguridad se deriva de la imputación de directivos “sin conocer la materia objeto de la imputación, supeditándose a los criterios de la Administración, a la que el Código Penal ha dado todo el poder”.

La reforma del Código Penal entró en vigor el año pasado y sus consecuencias afectan a todas las personas jurídicas, excepto las empresas públicas, y por tanto afecta a todas las corredurías de seguros. Las sanciones incluyen hasta la inhabilitación de por vida para el cargo de corredor, el despido, o la pena capital para las empresas. Pero hay una eximente de responsabilidad si se cuenta con un programa de cumplimiento normativo en las corredurías.

¿Obligatorio?

En el XX Congreso de Hispajuris el abogado Rafael Cabrera aclaró que “no es obligatorio legalmente que la empresa implante un protocolo preventivo”. Pero sí es indispensable para poder atenuarse o liberarse de la responsabilidad penal si se han cometido delitos en su nombre o por cuenta de sus representantes legales y administradores. O por quienes estando sometidos a su autoridad hayan podido realizar los hechos por no haberse ejercido sobre ellos el debido control.

Pero el problema continúa. El abogado José Rebollo alerta sobre la inseguridad jurídica que genera la falta de conocimiento de los jueces de instrucción sobre los delitos cometidos en el ámbito de la empresa y la eventual responsabilidad de la persona jurídica por no prevenirlo. Todo ello “se agrava con el protagonismo que en la instrucción está asumiendo la policía”. Hasta en 37 delitos tipificados se atribuye la responsabilidad penal a las personas jurídicas, además de los cometidos por personas físicas por cuenta o en nombre de la empresa.

En todo caso, la recomendación es contar con un programa de cumplimiento normativo.