Seguros y Pensiones podrán invertir en valores del MAB

El Real Decreto sobre medidas de apoyo al emprendedor y estímulo al crecimiento, publicado en el BOE el 23 de febrero, efectúa una modificación en el Reglamento de la Ley de Seguros Privados para recoger la posibilidad de que las entidades aseguradoras puedan invertir en valores admitidos a negociación en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB), el mercado para Pymes promovido por la Bolsa española. Estas inversiones serán consideradas "aptas para la cobertura de provisiones técnicas". En la misma línea, el Reglamento de la Ley de Planes y Fondos de Pensiones se modifica para extender esta posibilidad a los Fondos de Pensiones. Éstos también podrán invertir en entidades de capital riesgo. Se fija un límite máximo específico del 3% del activo del Fondo para la inversión en cada entidad, según publica El País.