¿Qué supondría para el mediador tener que hacer el test de idoneidad en Vida Inversión?

Flavia Rodríguez-Ponga, titular de la DGSFP, afirmó en el Congreso de los Diputados que habrá que hacer un test de idoneidad a las personas que vayan a contratar seguros de Vida con componente de inversión, medida que debería incluir la IMD II. Pero ¿cómo afectará concretamente esta medida a los mediadores de seguros?

Podemos responder a esta pregunta fijándonos en lo que va a exigir la CNMV a las empresas de servicios de inversión. En un proyecto de circular, esta Comisión fija el 1 de abril de 2013 como fecha límite para que los comercializadores de servicios de inversión comiencen a hacer a sus clientes test de idoneidad para los productos que quieren adquirir, que determinarán si se adecuan a sus circunstancias personales y patrimoniales. Estos test deben guardarse en un registro obligatorio de clientes y de productos no aptos. Los registros deben estar informatizados, no puede ser manipulables y tendrá que permitir la consulta ágilmente. El test de idoneidad que deben realizar clientes podrá realizarse por escrito o con otro soporte duradero, pero permite que la información preceptiva pueda obtenerse por teléfono o telemáticamente.

El distribuidor está obligado a facilitar una copia del resultado del test al cliente y que éste firme la que guardará la entidad. Si se hace por teléfono, puede grabarse y la entidad debe conservar la copia. Si el cliente no colabora facilitando toda la información, la CNMV ofrece a las entidades un texto de advertencia para que se lo entreguen al cliente, en el que le recuerda que pierde la protección de los inversores minoristas. Además, hay otro texto prediseñado para cuanto un producto no sea adecuado para un cliente, por no tener los conocimientos o experiencia necesaria. Por último, incluye instrucciones para cuando todo el proceso se hace por Internet.

En resumen, una enorme burocracia que se sumará a la ya existente en el sector seguros.