Transporte de mercancías: El 30% de los siniestros se producen al manipular la carga

Un tercio de todos los siniestros que se producen en el sector del transporte de mercancías tienen lugar durante la fase de la manipulación de la carga y sólo un 4% son causados por robo o pillaje. Son datos facilitados por Felipe Díaz, director de Desarrollo de Negocio de Comismar, durante la jornada 'Seguros y Transporte: incidencia de la culpabilidad del transportista sobre su indemnización y la del seguro', organizada por la Fundación Corell en colaboración con la correduría Artai. Esta información proviene de un análisis realizado por Comismar tras evaluar todos sus servicios de los últimos 20 meses, los cuales ascienden a 4.400.

Los siniestros por robo o pillaje

solo representan el 4% del total,

pero su coste es muy elevado

No obstante, Díaz ha explicado que, aunque los siniestros por robo son minoritarios, tienen uno de los costes más elevados. Por el contrario, las averías que tienen lugar durante la manipulación de la mercancía se sitúan en los 700 euros de media. Para evitar estos últimos siniestros, ha recomendado la puesta en marcha de un protocolo para que los conductores gestionen de manera correcta la carga transportada.

También ha hecho hincapié en la diferenciación entre peritos de seguros y comisarios de averías: "No hay que confundir dichas profesiones. Se diferencian en que el comisario es un asistente o colaborador dentro de un siniestro de transporte". Y ha añadido: "En siniestros de otros ramos, el perito es el último profesional que aparece en el lugar de los hechos. En cambio, en el transporte, el comisario es el primero ya que interviene sobre la marcha al tratarse de un riesgo que se va moviendo". En este supuesto, ha detallado cómo actúan los comisarios de averías: "Por ejemplo, un camión que va a Alemania suele ir dejando mercancía en distintos puntos y es posible que haya reclamaciones en cada uno de ellos. Por tanto, el comisario tiene que gestionarlas sobre la marcha, una detrás de otra".

Responsabilidad medioambiental  

José Luis Heras, director del Pool Español de Riesgos Medioambientales, ha hablado de la importancia de protegerse ante la posible comisión de daños a terceros por contaminación u otras causas medioambientales. En este sentido, ha avisado de que "se asegura todo lo que no es negligente" y algunas "acciones voluntarias cometidas por terceras personas, como es el sabotaje". Por tanto, ha incidido en que "no está cubierto el dolo, ni las infracciones voluntarias de reglamentos ni el funcionamiento normal de la actividad empresarial".

Por su parte, José Luis Olivella, presidente de Asebutra (Asociación Burgalesa de Transportistas), ha pedido a los mediadores de seguros que les asesoren correctamente a la hora de contratar una "buena póliza" ya que la mayoría de las empresas españolas de transporte "no tienen la posibilidad de contar con un departamento jurídico". También, ha solicitado a los legisladores que limiten la responsabilidad que tiene el empresario por actuaciones negligentes de sus empleados. En relación a este aspecto, Eduardo Llinas ha sugerido a los empresarios que contraten una póliza de D&O y aseguren principalmente "los riesgos que pueden poner en peligro la empresa".

Dolo y culpa del transportista

Las aseguradoras no tienen obligación de

reparar los efectos de un siniestro producido

por una negligencia del transportista

También ha participado Francisco Sánchez-Gamborino, abogado y doctor en Derecho, quien ha explicado la diferencia entre culpa y dolo del transportista cuando se ha perdido la mercancía o ha habido un retraso en la entrega. Respecto a la culpa, ha indicado que se presupone que no ha habido mala fe por parte del conductor, aunque habrá que indemnizar al cliente con los límites que establece la ley vigente. En cambio, si se considera que ha cometido un acto doloso, es el propio transportista el que deberá demostrar que existe una causa que le exonera. Algunas de las actuaciones dolosas más habituales son los incumplimientos de instrucciones emitidas por el cargador, la no utilización de parkings vigilados y la falta de confidencialidad sobre el valor de la carga, entre otros. Para las aseguradoras, el dolo nunca es asegurable mientras que la culpa sí.

Cristina del Río, profesora de ICAI/ICADE, ha afirmado que las aseguradoras no tienen obligación de reparar los efectos de un siniestro producido por una negligencia grave del asegurado cuando el transporte terrestre sea accesorio a un transporte marítimo o aéreo. Y Fernando Barrio, director Marine de RSA España, ha puesto de relieve que las aseguradoras "en ningún caso" cubrirán pérdidas, daños o gastos atribuibles a conductas dolosas.