La voluntad del cliente y el cambio de posición mediadora

La amplia jurisprudencia actual y los criterios de la DGSFP establecen claramente que se debe aceptar la voluntad del cliente, elemento básico que inspira el acuerdo alcanzado. Es una de las bases del acuerdo confirmado por Adecose, E2000 y Fecor sobre el cambio de posición mediadora que ya adelantó Carta del Mediador el pasado jueves. En concreto, sobre las consecuencias económicas que se derivan en las pólizas de seguro cuando un cliente decide cambiar de mediador.

Las tres organizaciones precisan que el objetivo es aclarar la problemática de esa situación cada vez más frecuente y “dar seguridad jurídica a las partes intervinientes en dicho cambio: aseguradora y corredores, tanto el que gestiona la póliza en la actualidad, como el que puede intermediarla en el futuro.

Para llevarlo a cabo, “el cambio se realizará de forma inmediata en los aspectos de gestión y al próximo vencimiento de la póliza en lo que se refiere a los derechos económicos derivados de la misma.