Grupo Aseguranza

inicio
02 de diciembre
09:06 2013
Compartir

La despenalización de faltas generará mayor siniestralidad y escasez de coberturas

Mayor siniestralidad y escasez de coberturas serán consecuencias directas de la despenalización de faltas de accidentes de tráfico, como recoge la reforma de Código Penal, ya convertido en proyecto de ley. Habrá mayor siniestralidad porque el ciudadano no podrá iniciar un procedimiento. Y escasez de coberturas, por ejemplo la de Defensa Jurídica, porque no será real: Una cobertura de Defensa Jurídica de 150 euros no tendrá utilidad. La abogada Esther Mocholí ofreció una visión jurídica ante el cambio legislativo inminente en las ‘X Jornadas de Valoración del Daño Corporal. Aspectos médicos prácticos’ organizadas por Fundación Mapfre, donde explicó que la falta desaparece como tal. Se distingue ahora entre lesiones leves y las más graves, que sí darán lugar a un delito, lo que ha sido objeto de críticas porque se van a sacar del ámbito de los juzgados de instrucción un gran número de casos.

Junto a esa realidad hay que tener en cuenta el
mayor coste, porque los atestados ya no serán gratuitos y el informe forense dejará de existir de oficio. Sí es cierto que se está estudiando el acceso gratuito de las aseguradoras a los atestados como lo tienen los particulares.

En cuanto a la
mediación de conflictos, Mocholí valoró que puede ser eficaz para descongestionar los juzgados. Pero duda de su absoluta eficacia: “La mediación choca frontalmente con la mentalidad de la mayoría de los ciudadanos, proclives a plantear un pleito fácilmente”. Cree que tiene por objeto que “víctima y delincuente sean los verdaderos protagonistas de su historia, de ahí que se conciba como una justicia restaurativa, junto a la retributiva y reparadora”.

Recordó que existe el antecedente de la figura del artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro, criticado porque se consideró “que ponía una soga al cuello de los asegurados frente a las aseguradoras”.

Por otro lado, la intervención de un perito médico en el proceso de resolución de conflictos es necesaria y especialmente favorecedora al acuerdo de las partes y por ende a la mediación. Pero si se desplazan las antiguas faltas al ámbito civil, ya no se podrán aplicar las experiencias piloto de mediación.