Grupo Aseguranza

inicio
30 de octubre
10:02 2014
Compartir

El criterio de Aemes sobre cotización de los premios de jubilación es avalado por la Seguridad Social

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha confirmado el criterio de Aemes sobre la cotización de los premios de jubilación, en particular cuando se instrumentan a través de un seguro colectivo de Vida. Aemes formalizó una consulta ante la TGSS al respecto sobre la que ha recibido la respuesta que avala el criterio de la patronal de la mediación, por el que sólo serán cotizables las prestaciones que perciba el trabajador en concepto del premio de jubilación.

En cuanto a las primas del seguro de exteriorización, la TGSS indica que “las primas que las empresas abonen a la entidad aseguradora no forman parte de la base de cotización a la Seguridad Social, dado que en este supuesto se asegura un riesgo empresarial y no del trabajador”. Aemes recuerda que la consulta se incluye entre los trabajos que realiza para aminorar el impacto de la inclusión de nuevos conceptos en la base de cotizaciones a la Seguridad Social, tras la promulgación del Real Decreto-Ley 16/2013.


Un seguro para cubrir compromisos pasados


La preocupación de la asociación por este asunto le ha llevado a alcanzar un acuerdo con Allianz para ofrecer a los mediadores un seguro de exteriorización del premio de jubilación. La principal novedad es que cubre los compromisos pasados y no sólo los que adquiera el empresario desde la contratación del seguro, sino también aquellos derechos ya adquiridos por los trabajadores que no se hayan exteriorizado en tiempo y forma. Sobre ellos, el seguro Allianz-Aemes realiza un aplazamiento del pago de esa inversión inicial a lo largo de los años de permanencia en la empresa de cada uno de los trabajadores.


Según explica la asociación, el incumplimiento de la obligación de exteriorizar los compromisos por Pensiones (entre ellos, el premio de jubilación) es considerado una falta muy grave por la legislación laboral, cuya cuantía oscila entre los 6.251 euros hasta 187.515 euros; y puede suponer además la pérdida de ayudas y subvenciones relacionadas con programas de empleo, y de posibilidades de contratación con la Administración Pública.