Europa aprueba unas normas mínimas para presentar los informes de supervisión

Eiopa y el BCE han publicado unas 'Normas mínimas comunes' con el objetivo de regular el contenido mínimo que deben incluir las aseguradoras y reaseguradoras en sus informes estadísticos y de supervisión, así como su envío a las autoridades competentes y cuándo habrá que solicitar una revisión.

En concreto, se pronuncia sobre los siguientes aspectos: cómo deben proceder las compañías cuando las autoridades solicitan la revisión de datos presentados con anterioridad, la obligación de que los datos estén disponibles a todos los niveles y en todo momento, cuándo deben enviar las autoridades nacionales competentes las revisiones a Eiopa y al BCE, y cuándo es necesario que se lleven a cabo revisiones históricas al identificarse errores.

La finalidad de esta legislación es que haya un nivel mínimo aceptable en la calidad de los datos. Estas normas han sido acordadas entre el BCE, Eiopa, los bancos centrales nacionales y las autoridades nacionales competentes. Al tratarse de unas normas mínimas, las autoridades nacionales podrán aplicar normas más estrictas si lo consideran oportuno.