Adecose cree positivo que Vida Riesgo tenga medidas simplificadas en prevención de blanqueo

Adecose ha analizado el reciente Reglamento de Prevención de blanqueo de capitales y afirma que valora positivamente que recoja “los aspectos más importantes que ha venido defendiendo en estos años que ha durado su tramitación”, al tener en cuenta la especificidad de los corredores de seguros como sujetos obligados. En particular, cuando comercializan seguros de Vida Riesgo, “para lo cual se prevé la adopción de medidas de diligencia debida simplificadas o para el caso en que las pólizas de seguro de Vida, la prima anual no exceda de 1.000 euros o la prima única no exceda de 2.500 euros”.

Otra de las valoraciones positivas de Adecose se refiere a que los corredores no tengan que llevar a cabo las comunicaciones sistemáticas al Sepblac, con la consiguiente eliminación de la carga administrativa que esta obligación implicaba. “Por todo ello, Adecose agradece que la Dirección General de Tesoro se haya hecho eco de sus peticiones”, puntualiza.

Pero la asociación critica que los corredores no estén eximidos de las medidas de control interno que impone el Reglamento, “situando a la profesión al mismo nivel que los otros sujetos obligados del sector financiero en el cumplimiento de estas medidas, teniendo en cuenta que otros sujetos obligados, en relación con el número de empleados y el volumen de negocios, están eximidos de gran parte de estas obligaciones”. Añade que, todo ello, “con la consiguiente carga administrativa que implica para los corredores. Adecose seguirá insistiendo a la Dirección General del Tesoro y al Sepblac para que consideren reformar estos aspectos de la normativa que perjudican a los corredores”.

Adecose recuerda que presentó en el período de audiencia pública en septiembre de 2013 observaciones a más de 20 artículos del Proyecto de este Reglamento en aspectos como la identificación formal de los clientes, medidas de diligencia debida, acuerdos de formalización, medidas simplificadas y reforzadas de diligencia debida, examen especial, conservación de documentos, procedimientos de control interno o el fichero de titularidades financieras.