AIPS cree que el auxiliar no debería tener formación obligatoria

En la Carta del Mediador del jueves 16 de diciembre, se informaba que AIPS estaba en contra de la exigencia de formación del Grupo B para el nuevo auxiliar asesor, aunque, en realidad, esta asociación aboga por que la nueva figura no tenga formación obligatoria y la responsabilidad sobre su formación recaiga exclusivamente en el corredor para el que trabaja. En su argumentación, AIPS considera que los auxiliares externos están fuera de la mediación, “tal y como se deja bien claro en el Art. 8 de la vigente Ley de Mediación”. 

AIPS ha transmitido esta visión a la DGSFP, recalcando que “entendemos que la DGSFP no debe exigir la formación de unas personas que están fuera de la mediación, de la misma forma que a un colaborador en un medio de comunicación no se le pide ninguna formación obligatoria ni inicial ni continua de periodismo. Por ejemplo, no nos parece de recibo que, si estamos instalados en un local y establecemos sinergias de negocio con nuestros vecinos, de forma que nosotros les presentamos clientes a ellos y por ello nos compensan con una gratificación económica, nosotros previo a que ellos nos presenten algún cliente les debamos exigir un curso de 50 horas más unos reciclajes de 30 horas cada 3 años. Nos parece fuera de lugar. Una extralimitación, una ingerencia innecesaria ya que la responsabilidad sobre ese tipo de operaciones siempre recaerá sobre el mediador y desde la DGSFP ya se tienen mecanismos para actuar sobre ese mediador si se estima conveniente”.

La asociación presentó en junio de este año 2 enmiendas, donde mostraba su oposición a la creación de la figura del auxiliar asesor, si eso conllevaba unos requisitos de formación más amplios que los actuales: “No podemos estar de acuerdo con regular las exigencias de formación de los auxiliares asesores, sino es para eliminarlas”, concluyen desde AIPS.

También opinan que “la cuestión es que no pueden asesorar, pero son auxiliares asesores, no pueden realizar funciones reservadas a los mediadores, pero pueden prestar asistencia en la gestión, ejecución y formalización de los contratos de seguro o en caso de siniestro. Creemos que además de incoherente es contrario a la Ley. Diametralmente contrario”.

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or último, defienden que “en vez de un futuro de productores-vendedores (no mediadores) de seguros poco profesionales y con contrato mercantil diseminados por muchas sucursales de corredores y oficinas bancarias, nosotros a través de nuestra reivindicación de los Estudios de Grado Universitario para todos los profesionales que se dediquen exclusivamente al campo de la mediación, lo que queremos es un futuro en que en cada oficina o sucursal tanto de corredurías o de oficinas bancarias, haya un profesional universitario con contrato laboral, responsable del correcto asesoramiento, distribución y gestión. Los auxiliares externos ya están bien tal y como se expresa en el Art. 8 de la actual Ley de Mediación. Lo que sobra es la formación obligatoria”.