Aprobada la modificación del interés aplicable para calcular la provisión en Vida

En su reunión del viernes el Consejo de Ministros aprobó la modificación del Reglamento de Ordenación y Supervisión, reforma que supone modificar la metodología de cálculo de la tasa de descuento aplicable para el cómputo de la provisión de seguros de Vida. Implica que la fórmula de cálculo de la tasa de descuento actual se incrementa en un 50% de la diferencia entre el tipo aplicable en el ejercicio 2014 y el tipo de Solvencia II sin ajuste de volatilidad. Una vez aplicadas las modificaciones, para 2015 se sitúa en el 1,91%, frente al 1,17% que resultaría de aplicarse la fórmula anterior vigente.

El Gobierno explica que el doble objetivo de la modificación es obtener un tipo más próximo al que comenzará a aplicarse a partir de 2016 –con la entrada en vigor Solvencia II- y “garantizar que no haya fluctuaciones bruscas en las provisiones de seguros de vida, que podrían trasladarse vía mayores primas a los aseguradores”.

Por otra parte, en la web de la DGSFP está disponible el texto del proyecto de ley de ordenación supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, aprobado en Consejo de Ministros, para su remisión a las Cortes Generales.

Las personas físicas no tendrán que pagar tasas judiciales

Por otra parte, el Real Decreto Ley de mecanismo de segunda oportunidad y reducción de la carga financiera que ha aprobado el Gobierno incluye, en lo que atañe a Justicia, la exención del pago de las tasas judiciales para las personas físicas. La medida la anunció el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, pero el Consejo General de la Abogacía va más allá e insiste en su solicitud de que la supresión de las tasas judiciales se extienda también a las Pymes.