Aprobado el Proyecto de Ley de Distribución para iniciar la tramitación parlamentaria

El Consejo de Ministros ha dado luz verde hace unos minutos al Proyecto de Ley de Distribución de Seguros y Reaseguros privados con el que se traspone la Directiva 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo. Con este visto bueno se inicia la fase de tramitación parlamentaria para adaptarla al ordenamiento jurídico español y que se implementará, aprobada o no, el próximo 1 de octubre, 8 meses después de la fecha inicialmente propuesta, el 23 de febrero.

Con esta norma, según la nota del Gobierno, se persigue "aumentar la protección de los aseguradosmediante el incremento de la transparencia, evitando conflictos de intereses o diseñando productos más adecuados para el consumidor". Un segundo objetivo que pretenden es dotar al mercado de "condiciones de competencia equitativa" para todos los operadores del sector y que sean "adecuadas y proporcionadas a los distintos tipos de canales de distribución".

Aspectos a destacar

Entre los puntos que destaca el Gobierno se enumera el refuerzo a las normas de conducta y transparencia, con requisitos adicionales para la distribución de productos de inversión basados en seguros. De esta manera, se deberá notificar al cliente "todos los costes y gastos asociados" y comunicar los riesgos conexos a los productos de inversión.

Respecto a las ventas vinculadas y combinadas, se subraya que el distribuidor deberá informar si los distintos componentes pueden adquirirse de forma separada, e indicar los justificantes de los costes y gastos de cada componente.

El consejo de ministros resalta que se han establecido requisitos en materia de gobernanza de productos, respecto al diseño, aprobación y control de los mismos. Matiza que los distribuidores que diseñen productos deberán "elaborar, mantener y revisar un proceso de aprobación para cada uno de estos productos, así como de las modificaciones que puedan sufrir con el paso del tiempo". De manera similar tendrán que identificar el público objetivo al que se dirige el seguro en cuestión.

Recuerda también la nota informativa que el régimen de infracciones y sanciones se ha incrementado y se establecen procedimientos específicos para canalizar las denuncias públicas sobre la distribución de seguros.

Pendiente

Con el inicio de la fase parlamentaria de la que será la Ley de Distribución se consume una fase más para su total adecuación al ordenamiento jurídico español. Posteriormente volverá al Consejo de Ministros para suaprobación final y su implementación final en octubre.

De manera paralela el Ejecutivo se encuentra dando forma a un Real Decreto que regulará el acceso a la profesión en materia de formación y que se espera que esté listo para antes del verano, según las primeras consideraciones del subdirector de Ordenación y Mediación de la DGSFP, Raúl Casado.

La ley que incluirá como distribuidor de seguros, además de a agentes y corredores, a las propias compañías de seguros, a los mediadores complementarios y a los comparadores de seguros. La norma permitirá a los OBS poner su red de distribución a disposición de más de un operador de bancaseguros.

Según los datos del Gobierno la norma afectará a más de 3.200 corredores de seguros y 77.000 agentes de seguros sujetos a supervisión por parte de la DGSFP y a las CC.AA.