ARAG recomienda "no precipitarse" para reclamar la devolución del IRPF de la maternidad

El Tribunal Supremo acaba de indicar que la prestación de maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas de tributar en el IRPF, por lo que todas las contribuyentes que incluyeron la prestación por maternidad en sus declaraciones de IRPF en los ejercicios desde 2014 en adelante podrían reclamar su devolución presentando en las oficinas de la Agencia Tributaria un escrito de rectificación de autoliquidación y devolución de ingresos indebidos del año en el que se cobró la prestación.

Desde ARAG, y dado que hay 4 años para presentar la reclamación, recomiendan "no precipitarse" ya que  "es importante recabar toda la documentación necesaria para tener la seguridad de haber presentado el escrito sin errores". Además, los propios técnicos de Hacienda de Gestha no descartan que, debido al gran número de contribuyentes afectados, Hacienda pueda llegar a habilitar algún procedimiento específico, más ágil, para poder tramitar dicha devolución.