Audiencia de Valencia: Un auxiliar externo no es un agente comercial

La correduría valenciana XXI Solymed informa que el Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Valencia dictó el pasado 14 de octubre una sentencia por la que desestima íntegramente la demanda presentada contra ella por una antigua auxiliar externa de dicha correduría y a la que se revocó su contrato en mayo de 2010.

"La sentencia dictada hace un análisis de la figura del auxiliar externo, diferenciándola claramente del agente comercial, desestimando la petición presentada por la parte demandante para ser considerada como tal agente comercial", detalla la correduría. Ésta añade que la sentencia dictada considera que Solymed "ha acreditado haber entregado a la demandante una amplia información sobre los importes económicos que la misma percibió por sus gestiones y rechaza la totalidad del resto de solicitudes de la demanda, entendiendo que las peticiones planteadas son desmesuradas y carentes de todo fundamento".