Autónomos: 5 euros más de cotización mínima al mes para más protección

Gobierno y autónomos han presentado el pacto por el que los trabajadores autónomos tendrán más protección social y una contribución a la Seguridad Social más equilibrada. La principal novedad es que desde este 1 de enero la cotización por la base mínima aumentará en 5,35 euros al mes. También se incorporan mejoras en la protección como el incremento del periodo para recibir la prestación por paro, la creación de una tarifa plana de 24 meses para las madres tras la baja de maternidad, o pagar la cuota desde el principio del tercer mes de incapacidad por enfermedad.

El acuerdo lo han presentado la ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Magdalena Valerio, junto a los representantes de las organizaciones representativas de los autónomos: ATA, UPTA, UATAE y CEAT. Para la ministra, "es un buen acuerdo porque los autónomos van a tener una mayor protección social y van a contribuir al Sistema de la Seguridad Social de una forma más equilibrada". El acuerdo está previsto que se incluya en un Real Decreto Ley que se aprobará este viernes.

Entre los puntos acordados, se transforma en obligatoria la cobertura de todas las contingencias: comunes (enfermedad común y accidente no laboral) y profesionales (accidente de trabajo y enfermedad profesional, con la excepción del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios (SETA), y de los socios de cooperativas del RETA siempre que tengan un sistema de prestación social

También pasa a ser obligatoria la cobertura por cese de actividad, y se duplican los periodos de duración de la prestación, "a partir de la entrada en vigor de la norma, se van a poder cobrar hasta 24 mensualidades, con un mínimo de 4, en función de lo cotizado". Se crea una prestación adicional que corresponde a la cotización por el trabajador autónomo, a partir del día 61 de la baja médica por incapacidad temporal. Estas cuotas ascienden a 86,26 millones de euros y se harán con cargo a los ingresos por cuotas en concepto de cese de actividad.

Aportaciones

Sobre las aportaciones de los autónomos, en el tipo de cotización para el RETA se establece un incremento del 1,25% en la base mínima de cotización. El tipo de cotización, que incluye obligatoriamente todas las contingencias, se fija en: 28,30% por contingencias comunes, incorpora la Incapacidad Temporal y se equipara al Régimen General; el cuanto a las contingencias profesionales, será el 0,9% para todos los trabajadores e inferior a la tarifa mínima del Régimen General; para Cese de Actividad, el tipo se fija en el 0,7%, inferior a la cotización por desempleo de los asalariados, y por último, se establece el 0,1%  para Formación  y Prevención.

Desde enero, la subida se aplicará escalonadamente con los siguientes tramos: en 2019, será del 30%; el 30,3%, en 2020; el 30,6%, en 2021 y en 2022, se fija definitivamente el 31%.

En cuanto a la tarifa plana, se adapta a la obligatoriedad de la cobertura por contingencias comunes y profesionales, tanto para los autónomos, con carácter general, como en los casos de discapacidad, violencia de género y terrorismo. Para ello, durante los primeros 12 meses, si se cotiza por la base mínima, la cuota será de 60 euros (51,50, por contingencias comunes y 8,50, profesionales). Si se cotiza por encima de la mínima, la cuota por contingencias comunes se reduce en un 80%. Finalmente, entre los meses 13 y 24 se aplicará una bonificación sobre la cuota por contingencias comunes que corresponda.