La banca debe abonar la prima no consumida en cancelaciones anticipadas de seguros vinculados

Adecose ha comunicado que el Banco de España ha recogido su observación en la Circular 5/2012, de 27 de junio, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de créditos publicada en el BOE el pasado viernes 6 de julio. En concreto, la asociación detalla que su observación se recoge en el apartado b) de la Norma décima de la Circular e implica que, "como consecuencia de la finalización de la relación contractual o de su cancelación anticipada, en los seguros vinculados, se incluirá el derecho del cliente a percibir los extornos de la parte de la prima no consumida".

También anuncia que en el Anejo 1 de la Circular se ha incorporado otra importante aclaración propuesta por la asociación en relación con los préstamos hipotecarios, "con una mención expresa al seguro de Daños, para que el cliente sea conocedor de en qué condiciones se le puede exigir contar con un seguro de Daños".

Adecose precisa que "si bien no se han recogido en el texto de la Circular otras observaciones planteadas por la Asociación en relación con los seguros que ofrecen las entidades financieras en el período de consulta previo a la aprobación de esta Circular del Banco de España, estas significativas aportaciones de Adecose constituyen una muestra más de su posicionamiento y liderazgo ante la Administración en aquellos proyectos normativos que afectan al sector".

Recuerda por último que sigue trabajando para aumentar la transparencia y protección de los clientes de los servicios bancarios en relación con la concesión de los seguros, "como está haciendo respecto de la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los contratos de crédito para bienes inmuebles de uso residencial (Directiva hipotecaria). En concreto, sobre esta norma la Asociación ha presentado una serie de argumentaciones a los europarlamentarios en apoyo a la necesidad de desvincular la concesión de crédito hipotecario a la suscripción de un seguro relacionado con él".