La CE analizará el impacto de la transparencia en el pequeño mediador antes de 2020

Que no cunda el pánico. La obligación de reflejar la remuneración del mediador antes de la comercialización en la documentación que se entregue al cliente es una norma que va para largo. En primer lugar, a la IMD 2, todavía le queda pasar durante 2013 el trámite del Parlamento Europeo y el Consejo Europeo, donde podrían introducirse enmiendas. Después vendrán las adaptaciones técnicas y las transposiciones nacionales. Por eso, la Comisión Europea (CE) cree que la norma no entrará en vigor antes de 2015.

En segundo lugar, la CE ha establecido un plazo transitorio de 5 años desde la entrada en vigor de la IMD 2, en el que sólo se deberá informar de la remuneración a petición del cliente; plazo que la Comisión considera suficiente para adaptar los mercados. Después, es decir, en 2020 sería obligatorio en todos los ramos. No obstante, la CE ha previsto un proceso de revisión y evaluación de la Directiva tras su entrada en vigor: “Esta revisión considerará en particular el impacto de las medidas de transparencia en la remuneración en los pequeños y medianos mediadores que operan en No Vida”.

Por otra parte, la Directiva excluye como mediadores las actividades de presentación y añade las de los agregadores. El Bipar se ha mostrado preocupado por las medidas de remuneración, ya que considera que mayor parte de los mediadores europeos tienen son Pymes de actuación local, aunque reconoce que los seguros de Vida Inversión son muy diferentes del resto. Según el presidente, Paul Carty, “estas medidas favorecerán a la distribución directa en detrimento de la mediación”. En el lado positivo, valora la aclaración de las reglas para operar en todos los países y la extensión de la Directiva a todos los operadores. En España, las primeras valoraciones no han sido muy positivas, ni en Unespa ni en Adecose. Por su parte, el Consejo General esperará a analizar en profundidad el texto.