El Colegio de Madrid elabora un decálogo para ayudar con los trámites por daños tras el temporal

El Colegio de Mediadores de Seguros de Madrid ha elaborado un decálogo de recomendaciones (bajo la fórmula de pregunta-respuesta) para ayudar a los asegurados a gestionar los trámites con las aseguradoras ante los numerosos daños ocasionados por la tormenta Efraín.

- ¿A quién dirigirse en caso de ser afectado por las inundaciones que ha provocado la tormenta Efraín? El Colegio de Madrid recomienda que la persona tomadora del seguro del bien afectado se dirija, en primer lugar, a su mediador. "Es la persona que, con más agilidad, puede resolver los problemas generados por los daños de una inundación, ya que conoce la situación personal del asegurado y gestionará qué daños deben notificarse a la aseguradora y qué daños deben tramitarse ante el Consorcio de Compensación de Seguros", ha señalado Javier Martínez, vocal de Deontología de la institución.

- ¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguro? El Colegio de Madrid explica que es la entidad que da cobertura a algunos riesgos extraordinarios derivados de los fenómenos de la naturaleza o climatológicos como el que se ha producido principalmente en Madrid, Extremadura y Castilla-La Mancha. Además, detalla que es un organismo público que se financia gracias a una pequeña cantidad que se incluye en la prima de cualquier seguro y que se aporta a un fondo de garantía destinado a cubrir los riesgos extraordinarios.

- ¿Qué daños cubre el CCS en el caso de inundaciones como las que ha provocado la tormenta Efraín? El Colegio de Madrid especifica que el CCS cubre a todos los ciudadanos que tengan una póliza de Hogar, Industria, Comercio o Comunidades y hayan sufrido daños en los bajos de los inmuebles. Asimismo, aclara que el CCS no cubre daños en azoteas, tejados y cubiertas superiores de los edificios, que corre a cargo de las aseguradoras.

- ¿Quién puede dirigirse al CCS para abrir un expediente por siniestro? El Colegio de Madrid pone de manifiesto que, además de los mediadores y las aseguradoras, cualquier ciudadano titular de una póliza puede iniciar una gestión de comunicación del siniestro con el CCS bien por teléfono (900 222 665) o, si tiene certificado electrónico, a través de la web.

- ¿Qué documentación es necesario aportar para solicitar una indemnización al CCS? Según el Colegio de Madrid, para solicitar una indemnización por siniestro extraordinario, es necesario aportar el número de póliza que cubre el riesgo; la documentación de la persona que presenta la solicitud; los datos de la persona a la que, en su caso, se representa; los datos de la cuenta bancaria en la que hay que ingresar el importe de la indemnización; la dirección exacta donde ha acaecido el siniestro; y la fecha y hora exacta en la que se ha producido. Desde el Colegio se recomienda, además, tomar fotografías, vídeos y todo tipo de material gráfico de los daños ocasionados por la inundación.

- ¿Cuánto tiene que llover para que el daño sea derivado por la compañía de seguros al CCS? En el caso de inundaciones de bajos, garajes y sótanos de viviendas y otros edificios no existe un límite de precipitación de agua por fenómeno atmosférico. El CCS considera un daño consorciable cualquier inundación provocada por un fenómeno natural. Normalmente, estas situaciones se producen a partir de los 40 litros por metro cuadrado, precisa el Colegio de Madrid.

- Si la tormenta ha levantado tejas o dañado cubiertas que a su vez han provocado goteras, ¿se considera daño consorciable? La institución colegial madrileña aclara que el CCS admite como consorciables los daños en cubiertas de inmuebles provocados por vientos superiores a los 120 kilómetros/hora. No obstante, la entidad señala que el daño lo debe gestionar la entidad aseguradora, previo informe preceptivo de la AEMET.

- ¿Y los coches que han sufrido daños por las inundaciones? Los vehículos que han sufrido daños por inundaciones naturales también están cubiertos por el CCS, matiza el Colegio. En este supuesto, el damnificado tiene que notificar la marca, el modelo del coche, el número de póliza, los daños y el lugar y la hora del siniestro.

- ¿Cómo tramita el CCS una solicitud de indemnización? Como indica el Colegio, lo normal es que el CCS envíe al lugar del siniestro un perito adscrito a la entidad. Este profesional se ceñirá a las condiciones estipuladas en la póliza de seguro contratada, hará una evaluación de los capitales cubiertos por la póliza y, luego, obviamente realizará una evaluación de los daños ocasionados. Para hacer esta evaluación de daños, el afectado tiene que aportar una relación de bienes afectados, así como fotografías o vídeos para poder dejar constancia.

- ¿Es el CCS eficiente? A esta pregunta responde directamente Ángel Corada, gerente del Colegio de Madrid: "El Colegio de Madrid tiene constancia de que, con la documentación bien presentada, las indemnizaciones tramitadas por el Consorcio son eficientes en evaluación de daños y eficaces en devolución temprana de los importes de reparación de dichos daños. Por nuestra experiencia, podemos afirmar que los daños que haya ocasionado la tormenta Efraín se repararán con la misma eficacia que hemos observado en la gestión de daños provocados por inclemencias atmosféricas, como Filomena, y fenómenos naturales como los de Lorca y la isla de La Palma".

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