El concierto vasco afecta al seguro de Vida

La Ley 7/2014, de 21 de abril, por la que se modifica la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, afectará a los seguros de Vida, señala el abogado Jesús López-Brea en su blog. El artículo 25 dispone que en las cantidades percibidas por los beneficiarios de seguros de Vida para caso de fallecimiento, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se pagará ante la Diputación Foral competente cuando el causante tenga su residencia habitual en el País Vasco a la fecha del devengo o cuando el contribuyente tenga su residencia en el extranjero, si el contrato de seguro del que se derivan las cantidades percibidas se hubiera realizado con aseguradoras residentes en el territorio de esa Comunidad Autónoma o con aseguradoras extranjeras que operen en él. Los asesores fiscales deberán revisar a partir de ahora “si lo que conviene a sus clientes es suscribir el seguro de Vida con una aseguradora domiciliada en el País Vasco o no, pues ello tendrá influencia en la cantidad que los beneficiarios de esa póliza perciban neta”, explica.