Condenas a dos aseguradoras a indemnizar a hosteleros por cierres en la pandemia

El Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Pamplona ha condenado a una aseguradora a indemnizar con 43.000 euros y a otra con 32.186,59 euros a sendos propietarios de locales de negocios que se vieron obligados a cerrar debido a la pandemia, informa Economist & Jurist. En ambas sentencias se subraya que las condiciones generales de las pólizas no fueron negociadas, aceptadas ni firmadas por los demandantes.

En el primer caso, la propietaria ejercitó una acción de reclamación de cantidad derivada de la relación contractual bajo un contrato de seguro de comercio y hostelería, que contenía, según la actora, una garantía independiente de indemnización por pérdida de explotación en caso de cierre del negocio en base a gastos permanentes. Según esa información, reclamó 43.300 euros por pérdida de explotación como consecuencia del cierre de su negocio a consecuencia del Covid y de la declaración del estado de alarma que decretó el Gobierno. La magistrada ha declarado que la aseguradora, Seguros Bilbao, incumplió el contrato de seguro, al no atender la prestación derivada del siniestro cubierto por dicha póliza, y le obliga a indemnizar a la actora en la cantidad de 43.300 euros.

El segundo caso es similar, también con una acción de reclamación de cantidad contra la aseguradora (Mapfre) por pérdida de explotación como consecuencia del cierre de su negocio debido al Covid. La diferencia con el caso anterior es que se reclamaba a la aseguradora 114.391,21 euros. Economist & Jurist indica que la compañía no acreditó la "entrega, recepción y conocimiento por parte del asegurado, de las condiciones generales del contrato, que es donde se especifica el alcance y las características de las coberturas del contrato".

La magistrada considera que "no hubo un adecuado cumplimiento del deber de información por parte de la entidad demandada". Reconoce el derecho del asegurado a percibir la indemnización por pérdida de beneficios a consecuencia del estado de alarma, al no acreditarse la entrega de las condiciones generales ni el conocimiento de su contenido por parte del asegurado. Pero, atendiendo a las condiciones de la póliza, estima la indemnización por pérdida de explotación en 32.186,59 euros.

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