Confirmada la responsabilidad civil subsidiaria del Ayuntamiento de Sevilla por el caso Magrudis

La Audiencia de Sevilla ha dictado un auto por el que mantiene la declaración de responsabilidad civil subsidiaria del Ayuntamiento de Sevilla en la causa por el brote de listeriosis producido en el verano de 2019 y vinculado a la empresa Magrudis. En el auto, el tribunal desestima los recursos de apelación interpuestos por el letrado del Ayuntamiento de Sevilla y la defensa de dos investigados -arquitecto técnico y la inspectora veterinaria municipal- contra el auto del pasado mes de octubre.

También están acusadas varias personas administradoras de la empresa, y la magistrada instructora acordó continuar las actuaciones contra cinco de los investigados por un delito contra la salud pública en concurso ideal con cuatro delitos de homicidio imprudente, seis delitos de lesiones al feto por imprudencia grave con resultado de aborto y 244 delitos de lesiones por imprudencia grave, declarando responsables civiles al Ayuntamiento de Sevilla y AXA.

En concreto, según el auto, se acuerda mantener la declaración de responsabilidad civil del Consistorio con carácter subsidiario conforme al artículo 121 del Código Penal, según el cual "el Estado, la Comunidad Autónoma, la provincia, la isla, el municipio y demás entes públicos, según los casos, responden subsidiariamente de los daños causados por los penalmente responsables de los delitos dolosos o culposos, cuando éstos sean autoridad, agentes y contratados de la misma o funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos o funciones siempre que la lesión sea consecuencia directa del funcionamiento de los servicios públicos que les estuviesen confiados...", de forma que "si se exigiera en el proceso penal la responsabilidad civil de la autoridad, agentes y contratados de la misma o funcionarios públicos, la pretensión deberá dirigirse simultáneamente contra la Administración o ente público presuntamente responsable civil subsidiario".

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