Los corredores deberán realizar la Declaración Semestral Negativa del primer semestre

El Sepblac ha respondido a una consulta de Inade confirmando que los corredores de seguros deberán remitir entre los próximos 1 y 15 de julio la correspondiente Declaración Semestral Negativa sobre el período comprendido entre el 1 de enero y el 6 de mayo de 2014. Será la última declaración que deban formular los corredores ante el Sepblac, ya que quedarán excluidos de esa obligación.

Inade recuerda que el pasado 6 de mayo entró en vigor el Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. El nuevo texto contempla que los corredores quedan exceptuados de realizar ante el Sepblac las comunicaciones sistemáticas, tanto mensuales como semestrales.

Pero como la entrada en vigor del Reglamento se produjo el 6 de mayo, quedaba la duda de si existía la obligación de efectuar las comunicaciones sistemáticas correspondientes al período del 1 de enero al 6 de mayo de sobre la Declaración Semestral Negativa, por lo que Inade elevó su consulta.