Los corredores deberán realizar la Declaración Semestral Negativa del primer semestre
El Sepblac ha respondido a una consulta de Inade confirmando que los
Inade recuerda que el pasado 6 de mayo entró en vigor el Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. El nuevo texto contempla que los corredores quedan exceptuados de realizar ante el Sepblac las comunicaciones sistemáticas, tanto mensuales como semestrales.
Pero como la entrada en vigor del Reglamento se produjo el 6 de mayo, quedaba la duda de si existía la obligación de efectuar las comunicaciones sistemáticas correspondientes al período del 1 de enero al 6 de mayo de sobre