Los corredores ya cuentan con los servicios de más de 50 agencias de suscripción

A lo largo de 2010 un total de 10 agencias de suscripción presentaron sus poderes ante la DGSFP, según recoge la Memoria de ese año del órgano de control. Al mismo tiempo, se comunicó la revocación de los poderes otorgados a 3 agencias de suscripción. Teniendo en cuenta lo anterior, al finalizar el año se alcanzaba la cifra total de 49 agencias de suscripción españolas, cifra que ya se ha superado en lo que va de año. De las 49 citadas, 5 tenían con poderes otorgados por entidades aseguradoras españolas y 44 por entidades del Espacio Económico Europeo.

La Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible modificó el régimen de las agencias de suscripción, sometiendo su actividad a la previa obtención de autorización administrativa y estableciendo la obligatoriedad de su inscripción en el correspondiente registro administrativo. Este nuevo régimen está recogido en el artículo 86 bis y ter del texto refundido de la LOSSP. La disposición transitoria primera de la citada Ley de Economía Sostenible establece un plazo de adaptación de un año desde su entrada en vigor para las agencias que ya hubieran comunicado sus poderes a la DGSFP.

Entre las principales novedades de esta regulación destaca la posibilidad de que una agencia de suscripción pueda suscribir riesgos para más de una entidad aseguradora y la reserva de esta figura para la suscripción de riesgos por cuenta de entidades aseguradoras extranjeras que operen en España en régimen de derecho de establecimiento o de libre prestación de servicios.

El mercado londinense del Lloyd´s es el que cuenta con un mayor número de agencias de suscripción autorizadas, en concreto una veintena.