DAS recuerda que despedir a una mujer por estar embarazada no es legal

En el Día Internacional de la Mujer, DAS Seguros reivindica los derechos de las madres trabajadoras, recordando cuál es el marco legal que las ampara. Así, hace hincapié en las normas laborales internacionales sobre protección de la maternidad, que prevén la protección del empleo de la mujer durante el embarazo, la licencia de maternidad y un periodo posterior a la reincorporación al trabajo, así como medidas para lograr que la maternidad no sea causa de discriminación en el empleo.

A pesar de ello, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) estima que alrededor de 830 millones de trabajadoras en el mundo no disponen de suficientes garantías en este ámbito.

Los expertos de DAS explican que "una mujer no puede ser despedida legalmente por el hecho de estar embarazada", ya que esto representaría una discriminación. En el caso de recurrir a la vía judicial y declararse nulo el despido, la empresa tendrá la obligación de readmitir a la trabajadora. Este supuesto, además, se extiende a la baja maternal y al periodo de lactancia.

No obstante, la empresa sí que podrá despedir a una trabajadora en estos casos si incurre en faltas muy graves o en sanciones graves de forma reiterada. No obstante, en el caso de que la trabajadora haya sido despedida antes, durante o después del embarazo, la empresa empleadora tendrá la responsabilidad de demostrar que el despido no tiene nada que ver con el embarazo.

Además de la cuestión del despido, los expertos de recuerdan que "las mujeres disponen de una protección especial en el ámbito laboral en caso de embarazo, plasmada en la licencia de maternidad o el derecho a la reincorporación tras la baja en el mismo puesto de trabajo ejercido antes del embarazo o, en su defecto, a un puesto similar manteniendo los derechos sobre antigüedad, y promociones, entre otros".