Declaración hasta el 6 de mayo, la última que se debe realizar ante el Sepblac

El Sepblac respondió a una consulta de Inade confirmando que los corredores deberán remitir entre el 1 y 15 de julio la Declaración Semestral Negativa sobre el período comprendido entre el 1 de enero y 6 de mayo de 2014. Será la última declaración que deban formular los corredores ante el Sepblac, ya que quedarán excluidos de esa obligación, tras la entrada en vigor el 6 de mayo del RD 304/2014, que aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. El nuevo texto contempla que los corredores quedan exceptuados de realizar ante el Sepblac las comunicaciones sistemáticas, tanto mensuales como semestrales. Pero como su entrada en vigor fue el 6 de mayo, quedaba la duda de si existía la obligación de efectuar las comunicaciones desde el 1 de enero hasta esa fecha.